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Qué hacer para cambiar de compañia de seguros

Todos nos hemos visto en la tesitura de tener que cambiar de compañia de seguros. Los motivos pueden ser de diversa índole: precio, coberturas, descontento o recomendación, o incluso «imposción» a la hora de adquirir algún producto, como sucede al suscribir una hipoteca.

Pero para poder realizar el cambio de compañia de seguros con todas las garantías y sin sorpresas posteriores, hay que tener en cuenta algunos aspectos.

El plazo que establece la Ley de Contrato de Seguro (artículo 22) para notificar a la compañía el cambio es de 2 meses. La notificación tiene que hacerla por escrito el tomador del seguro.

Si de hace con esa antelación, no hay problema.

Si se hace la notificación del cambio de compañía con menos de 2 meses, pueden pasar varias cosas, dependiendo de la compañía, del importe de la póliza, de la calidad del cliente…

– La compañía afectada por el cambio puede reclamar judicialmente ese cambio para tratar de revertirlo, por no haberse comunicado dentro del plazo de 2 meses establecido por la Ley. Eso implica muchos trámites posteriores de devoluciones de recibos, papeleos, etc… y además puede llegar a suponer la duplicidad de la póliza para un mismo producto (coche, hogar, moto…) con las complicaciones que puede acarrear este asunto en caso de siniestro.

– Hay compañías que avisan al cliente mediante carta de que ha realizado el cambio fuera de plazo. Esto tiene como objeto, no solo la notificación más o menos automática, sino «presionar» al cliente para que mantenga la póliza con ellos y no perderlo.

En ambos casos, al igual que sucede con los operadores de telefonía (a cuyas prácticas ya estamos más acostumbrados), la aseguradora o la correduría de seguros implicadas pueden ponerse en contacto con el cliente para investigar los motivos del cambio y eventualmente realizar una contraoferta que convenza al cliente para permanecer con ellos.

– También puede suceder que la aseguradora afectada simplemente deje correr el tema porque el esfuerzo de reclamación no merezca la pena: por el importe de la póliza o la «importancia» del cliente. En este caso

En todo caso, lo mejor es comunicarle a la compañía el cambio con los 2 meses de antelación que establece la Ley para evitar problemas.

También es práctica habitual en las compañías, aunque quizá no en todas, notificar al usuario con esos 2 meses el próximo vencimiento y consiguiente renovación de la póliza en vigor. De esta forma estaremos informados de los plazos y podremos tomar la decisión que más nos convenga.
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33 Responses to “Qué hacer para cambiar de compañia de seguros”

  1. Bitacoras.com

    Información Bitacoras.com…

    Valora en Bitacoras.com: . Todos nos hemos visto en la tesitura de tener que cambiar de compañia de seguros. Los motivos pueden ser de diversa índole: precio, coberturas, descontento o recomendación, o incluso “imposción” a la hora de adquirir algún …..

  2. David de calcula tu seguro

    Algunas compañías se están poniendo muy serias en la renovación del seguro en caso de no recibir el aviso de baja con los 2 meses de antelación indicados. Pero debemos recordar que la compañía también está obligada a comunicar cualquier modificación en las condiciones de la póliza y no todas cumplen con la normativa

  3. Qué ocurre si quiero cancelar un seguro a mitad de año | Peris Correduría de Seguros. Noticias

    […] Hace unos días os contábamos qué hacer para cambiar de compañía de seguros. […]

  4. Raquel

    Hola, tuve un accidente hace unos meses y mi compañía no ha defendido mis intereses así que finalmente tuve que contratar a un abogado privado.
    Ahora, cuando todavía no se ha resuelto del todo quiero cambiar de compañía. Mi duda es si puedo o si esto me supondrá trabas a la hora de realizar las gestiones que faltan. De echo ya están poniendo problemas y eso que soy cliente.
    Gracias

  5. comunicacion. Peris

    Raquel:

    En el momento en el que se abre el parte de siniestro y comienza la tramitación, la compañía tiene que seguir adelante con él hasta su finalización, independientemente de que cambies o no de compañía.

    Es decir: puedes perfectamente cambiar de compañía de seguros sin que la tramitación de ese expediente abierto con anterioridad se vea afectada. No tendría por qué suponerte ningún tipo de traba.

    Otra cosa es que, por las características concretas del accidente, hubiera algún problema con las coberturas contratadas en la póliza y el alcance de las mismas en este caso concreto.

    Un saludo

  6. Carolina

    Hola, hace un mes mi novio tuvo un accidente el problema es que el coche está asegurado a nombre de mi padre pero el propietario del coche es mi novio, pero ahora la aseguradora dice que ha hecho una nueva póliza como tomador deL seguro mi padre y él como conductor habitual y pretenden cobrarle 800€ al año por un coche a terceros, quisiera saber si lo que pretende hacer la aseguradora es correcto porque tenemos que pagarlo mañana. Gracias

  7. comunicacion. Peris

    Carolina:
    Con los datos que nos facilitas, no queda claro porqué tienen que cambiar la póliza si estaba bien emitida desde el principio.
    Puede suceder que el propietario no cumpliese los requisitos de edad y antigüedad de carnet para quedar cubierto en la póliza (cada compañía establece sus propios criterios), y le hayan hecho un reemplazo en la póliza actual para cubrirle a él también.
    Consulta con tu compañía para que te aclaren la situación.

    Un saludo

  8. ¿Puedo cambiar de compañía a mitad de año si tengo el pago del seguro fraccionado? | Peris Correduría de Seguros. Noticias

    […] a la fecha de vencimiento. En Qué ocurre si quiero cancelar un seguro a mitad de año y en Qué hacer para cambiar de compañía de seguros ya os explicamos más detalladamente cuál era el […]

  9. Isa

    Hola buenos dias!
    Tengo una gran duda, el dia 31 se hizo el cobro del seguro de mi coche y 3 dias después me llegó la carta donde se me informaba de que el dia tal se iba a realizar el pago y el coste del seguro. Por lo que veo cada año me va aumentando el coste y no recibo bonificaciones a pesar de que no he tenido ningun accidente. Ahora ya han pasado dias y no se si seria correcto devolver el recibo, segun mi asesor se puede hacer en un tiempo máximo de 8 semanas y así poder cambiar de compañía, pero viendo lo que recomendáis no sé si hacerlo, no quisiera meterme en problemas con sus abogados… Le agradecería su ayuda. Gracias de antemano.

  10. comunicacion. Peris

    Buenos días Isa:
    Respecto a sus dudas, podemos informarle de lo siguiente:

    • La carta que envía la compañía, aunque sea posterior, es meramente informativa y no existe obligación de enviarla.
    • En cuanto a la devolución de recibos existe un plazo de 55 días para hacerlo, pero en cualquier caso la Compañía puede reclamar ese importe judicialmente al no existir comunicación con 2 meses de antelación a vencimiento de anulación.
    • Con referencia al incremento de prima, las bonificaciones que suelen aplicar las aseguradoras por no siniestralidad no exceden nunca del 50% por lo que llegado a ese porcentaje no se verá nunca la prima reducida ya que la tasa del seguro se incrementa anualmente por normas técnicas e IPC, aunque ese descuento se aplique.
    • Nuestra recomendación es que intente hablar de buena fe con la aseguradora indicándole que tiene competencia de otras aseguradoras más económicas e intente que le bajen la prima por razones comerciales.

    Esperamos haberle servido de ayuda.

    Un saludo y gracias por su comentario.

  11. Víctor

    Mi poliza ya se ha renovado hasta octubre del 2014 pero tengo un pago trimestral. Si aviso con dos meses de antelación ya mismo, ¿podré cancelar el contrato de seguro y no me cobrarán el siguiente trimestre? ¿O la relación es anual y no es posible romperla?

    Muchas gracias!

  12. comunicacion. Peris

    Estimado Víctor:

    A su consulta podemos informarle de lo siguiente:

    La Ley del Contrato del Seguro establece que las pólizas de seguro contratadas tienen una duración de un año, independientemente de si el pago se produce de forma fraccionada.

    Aunque avise con dos meses de antelación al cargo del próximo recibo, el contrato es anual, por lo que está obligado a pagar la totalidad de la prima que corresponde a la anualidad.

    —–

    Tiene más información en ¿Puedo cambiar de compañía a mitad de año si tengo el pago del seguro fraccionado? http://www.peris-seguros.es/2013/05/puedo-cambiar-de-compania-si-tengo-el-pago-del-seguro-fraccionado/

    Un saludo

  13. maria

    Hola,

    Voy a comprar un coche nuevo y vender el viejo. El seguro del coche viejo se ha renovado sólo en Agosto y he estado mirando la posibilidad de cambiar de compañía porque veo que hay ofertas más competitivas en otras compañías.

    He hablado con mi aseguradora y me dicen que no puedo rescindir el contrato por tener caracter anual.

    Llegados a este punto he pedido un presupuesto a la antigua aseguradora para el nuevo coche, pero el precio que me han dado es mucho más alto que otros que estoy viendo en el mercado.

    Estoy intentando que me bajen el presupuesto presentando otras ofertas de otras compañías, pero ya me han «preavisado» que las coberturas no serán las que ellos tienen, bla bla bla…. O sea, que estoy viendo que esa va a ser la excusa que me den para no bajarme el precio.

    Supongo que todo es legal, pero sinceramente, me veo indefensa ante la aseguradora y el precio que me quieran ofertar para el nuevo seguro.

    ¿Habría alguna forma de salir de la situación?

    Muchas gracias y un saludo.

  14. comunicacion. Peris

    María:

    respecto a tu consulta, podemos decirte lo siguiente:

    Depende un poco de la aseguradora en la que tengas el seguro, pero realmente los seguros son contratos anuales, por lo que si quieres anularlo antes del vencimiento la compañía no lo permite.

    En caso de venta, y dependiendo de la aseguradora, dan opción de paralizar el seguro por un período de tiempo por si adquieres otro vehículo y, al asegurarlo con ellos, aprovechan la prima pendiente.

    Pero realmente, si encuentras otra oferta en otra compañía, no tienen obligación de anular y devolverte el dinero, ni tampoco de ajustar la tarifa a la prima de la competencia.

    Gracias por tu comentario.

  15. asd

    Saludos, he anulado mi poliza pero no dentro de los 2 meses de antelacion, tan solo unos dias antes. Tengo la carta de baja sellada por (compañía X) pero aun asi me cargaron el recibo y tuve que devolverlo 2 veces y ahora me han mandado la tipica carta amenazadora de juicio.
    Suele (compañía X) llevar a juicio en estos casos? (es un seguro de 700 euros). En caso de perder ¿tendria que pagar, ademas del seguro, los costes del juicio y abogados?
    Es una verguenza esto del plazo de 2 meses….dime por favor si hay cualquier cosa que pueda hacer para no tener que pagarles, ¿si cambio el coche de propietario a nombre de mi hijo por ejemplo cambia algo?

    Espero tu respuesta gracias

  16. comunicacion. Peris

    Tal y como está establecida la Ley del contrato de seguro, a día de hoy, la Compañía tiene derecho a reclamar el pago al cliente que no le ha comunicado la anulación en plazo.

    En caso de llegar a juicio, dependiendo de la sentencia que dicte el Juez en ese momento, le obligará a pagar el seguro y las costas, procuradores, etc, o puede exonerarle de hacerlo; eso ya queda a decisión del Juez.

    Un saludo

  17. Alfonso

    Hola:

    ¿Como se puede comunicar de forma fehaciente la decisión provisional de no renovar el contrato de seguro de automóvil cuando termine la vigencia? En este caso, ¿que documento debo obtener por parte de la compañia que acredite la recepción de mi comunicación?

    El hecho de no pagar la prima al finalizar la vigencia del contrato, ¿no acredita suficientemente que no se desea continuar un año más con la compañia de seguros?

    ¿Puedo conseguir que la compañia anterior se comprometa a no reclamar judicialmente el pago de la prima que se ha dejado de pagar al cambiar el seguro a otra compañia sin comunicárselo previamente? En caso afirmativo, ¿que documento me debería entregar mi anterior aseguradora como extinción del contrato o como compromiso de no reclamación?

    Gracias.

  18. comunicacion. Peris

    La Ley de Contrato de Seguro (artículo 22) establece que el plazo para notificar a la compañía el cambio de aseguradora es de 2 meses. La notificación tiene que hacerla por escrito el tomador del seguro y constar el número de póliza y en algunas compañías también exigen copia del NIF. Y, además, quedar «constancia fehaciente» de la recepción de la notificación por parte de la compañía aseguradora.

    Respecto a qué se consideraría «constancia fehaciente» existen varias posibilidades, pero, normalmente las aseguradoras facilitan un email o fax determinado para comunicar la anulación. El asegurado podrá solicitar acuse de recibo de dicha solicitud.
    Respecto a no pagar el recibo a la finalización del contrato de seguro, debe tener en cuenta que tiene la obligación de notificarlo con los 2 meses comentados; en caso contrario, la aseguradora puede reclamarle el pago, incluso judicialmente.

    Si ya tiene firmado un segundo contrato con otra aseguradora, nuestro consejo es que trate de negociar de buena fe con su antigua compañía para evitar futuras reclamaciones, o que intente cancelar el seguro nuevo. Las compañías tienen servicios de atención al cliente a través de los cuales solucionar estos inconvenientes.

  19. felix

    Buenas tardes

    Si al contratar el seguro lo hice con la compañía Groupama, y ahora han cambiado de nombre a Plus Ultra, porque según sé, la ha comprado Catalana Occidente, puedo no renovar el seguro sin tener que avisar con dos meses de antelación ya que han cambiado de compañía sin mi consentimiento.
    Gracias

  20. comunicacion. Peris

    Buenos días Félix:

    A su consulta le podemos informar de que legalmente, debe seguir respetando el plazo de dos meses de antelación para comunicar la no renovación de su seguro o el cambio de compañía, independientemente del caso concreto que nos menciona.

    En todo caso, le recomendamos que hable con su compañía a través del servicio de atención al cliente para intentar llegar a un acuerdo en caso de disconformidad.

    Un saludo

  21. MARTA

    TENGO UN SEGURO DE COCHE QUE VENCE EN ABRIL DE 2014, SOLICITO LA INCLUSION DE UN SEGUNDO CONDUCTOR, QUE ACABA DE SACAR EL CARNET. MI COMPAÑIA ME HABLA DE UN SUPLEMENTO MUY ALTO DE PRIMA Y LES COMENTO LA POSIBILIDAD DE CANCELARLA Y PERDER LA PRIMA PARA CONTRATAR CON OTRA COMPAÑIA MAS BARATA, A LO QUE ME RESPONDEN QUE NO CANCELARAN LA POLIZA,¿SE PUEDE CONTRATAR UN NUEVO SEGURO AUNQUE NO CANCELEN LA ACTUAL?

  22. natalia

    Buenas! Estoy pensando en cambiar mi seguro de coche a nombre de mi pareja porque a el le sale mucho mas barato. Mi duda es; si paro mi seguro, al contratar uno más adelante me cobraran como si no tuviera antiguedad?
    Gracias!

  23. Comunicación

    Hola Marta, perdón por la demora en contestarte. Nuestros profesionales me comentan que si el cliente quiere cancelar el seguro puede hacerlo perdiendo la prima pendiente de consumir. Las compañías no proceden a devolver la parte de prima pendiente si se solicita la anulación antes del vencimiento.
    En cuanto a tener otro seguro en vigor, si no es la misma Compañía no te van a poner pegas, aunque en ese caso, te encuentres con la figura del «sobreseguro» ya que vas a tener un mismo riesgo asegurado dos veces, pero nunca podrás lucrarte con ello, es decir, que si por un casual sufrieses un siniestro total, cobrarías de ambas compañías solidariamente el total del valor venal de tu coche, pero nunca el doble. Esperamos que te haya servido de ayuda.

  24. Comunicación

    Hola Natalia, antes que nada perdón por tardar en contestarte. Nuestros profesionales me explican que si el seguro queda anulado, la información de bonificación se queda guardada durante un tiempo corto (un mes o incluso menos) en el fichero Tirea-Sinco, pero en el momento en que desaparezca se perderá dicha bonificación que siempre va asociada al NIF del Tomador. Esperamos haber sido de ayuda, un saludo.

  25. Teresa S. H.

    Buenos díás,
    mi duda es la siguiente: cuando finaliza una póliza de seguro ¿es obligatorio comunicar la baja en los casos que se tiene decidido cambiar el «tomador» del seguro? ¿quién tiene que comunicar?

    Es decir, entiendo que el tomador es el que contrata el seguro, aunque no sea el que esté pagando el seguro. Yo estoy pagando el seguro de mi coche pero consta como tomador otra persona. ¿Puedo negarme a seguir pagando la renovación de ese seguro que tiene como tomador a otra persona?
    He comunicado a mi banco que no realice el pago de la renovación, pero la compañía aseguradora me ha dicho que ellos pueden reclamarlo ¿esto puede ser? ¿que yo me vea obligada a abonar un seguro teniendo como tomador a otra persona?

    Si el tomador no comunica dentro del plazo, insisto ¿tengo que seguir pagando yo ese seguro? ¿quién me ampara? ¿cómo resuelvo yo ésto? porque al no ser tomadora, no les sirve que yo lo comunique, me dicen que ha de hacerlo el tomador.
    Gracias y saludos

  26. Comunicación

    Hola Teresa, nuestros especialistas en seguros de coche nos explican que en caso de cambio de tomador, puede haber varias opciones:

    Lo normal es que el tomador de la póliza (el antiguo) sea quien comunique a vencimiento que quiere rescindir el contrato.

    Pero hay veces que las compañías acceden a tramitar la anulación justificándolo mediante un cambio de nombre en el permiso de circulación , o mediante escrito de «cesión» hacia el nuevo propietario.

    Esperamos haber servido de ayuda. Un saludo.

  27. Beatriz

    Tengo varias dudas, mi seguro de coche me ha aumentado bastante. Supongo que porq durante el último año he dado 2 partes. Con un mes de antelación me informan de las nuevas tasas q pagaré y he decido mirar como me saldría con otras compañías. Y mi sorpresa llega cuando me dicen que seguramente me han modificado mi numero de póliza porq con el q yo les doy no aparezco y por lo tanto no me pueden ni siquiera dar presupuesto y mucho menos cambiarme de compañía. Que puedo hacer ?????

  28. Comunicación

    Buenas Beatriz,
    Correcto, la prima del seguro de coche aumenta al haber tenido Siniestros. Por otro lado, las compañías aseguradoras, según la Ley de Contrato de Seguros, están obligadas a notificar con al menos 2 meses de antelación la modificación de la prima. En cuanto al cambio de compañía, se debe avisar con al menos un mes de antelación, respecto a la fecha de vencimiento, a la compañía de seguros de tu deseo de cancelar tu póliza.

    Por otro lado, lo que nos comentas sobre la modificación del número de la póliza, tu compañía de seguros debe tener más datos sobre ti: DNI, el historial,… Te recomendamos que vuelvas a contactar con ellos para que te den una solución.
    Saludos.

  29. GGeral

    Por eso creo que es mejor contactar un asesor de seguros. El se encarga de asesorarte en todas tus dudas y hacer seguimiento a todos los seguros que tengas( te avisará de tus pagos, fecha de vencimiento, nuevos planes, defiende tu opinión justa ante cualquier percance). Si la compañía directamente no da solución inmediata a tus inquietudes, tu asesor lo hará.

  30. Ricardo Aróstegui

    buenas tardes, por cambio de vehiculo hice un traspaso de poliza, al ser un coche de 9 años y medio me dijeron que la prima de riesgo era superior al importe de la poliza y me obligaban a hacerla semestral, el primer recibo era cero y el segundo 200€, mi pregunta es: si me cambio de compañia a otra que me sale mucho mas economica, me cobraran igual los 200€ del segundo semestre?? puedo hacerlo? pq actualmente el seguro a terceros basico me cuesta unos 400€, en esta ocasion la mitad pq aprovecho la mitad de poliza del anterior vehiculo, muchas gracias

  31. Comunicación

    Hola Ricardo,

    Como norma general los contratos son por periodos anuales, si se fracciona el pago, la obligación del tomador es pagar todas las fracciones ya que se trata de una facilidad de pago para el cliente, pero el contrato es anual. Si el cliente impaga alguna de las fracciones, la compañía puede reclamar el pago que falte incluso judicialmente, pero desconocemos tu caso concreto ya que no sabemos en qué compañía tienes el seguro, si nos facilitas mas información podríamos intentar ayudarte un poco mas.

    Esperamos haberte resuelto un poco tu duda.

    Muchas gracias por contactar con nosotros.

    Un saludo.

    Peris Correduría de Seguros.

  32. Veronica

    Mi seguro de coche me caduca el 9 de Julio del 2020 pero quisiera cambiar a otra compañia en Mayo puedo hacerlo sin ningún problema

  33. Comunicación

    Hola Verónica, si quieres cambiar de compañía puedes hacerlo, pero la Compañía no te va a devolver el importe pendiente del seguro si lo anulas con anterioridad.

    Muchas gracias por tu comentario 🙂

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