Seguros de Crédito y Caución

El seguro de crédito indemniza a las empresas por las pérdidas financieras derivadas de insolvencia de concurso de acreedores, impago continuado o mora prolongada, siempre en el marco de una transacción comercial.

Ventajas del Seguro de Crédito

Se transfiere el riesgo de impago a una aseguradora, siendo posible repercutir el coste del seguro a los clientes, incluso en función del riesgo de default que presenta cada uno de ellos.

Gracias al análisis de los clientes por parte de la aseguradora es posible anticiparse a los problemas e incidencias, controlar la facturación y ajustar el proceso de reclamación de facturas según el cliente.

La evolución de la calidad crediticia y el comportamiento en pagos de los clientes son monitorizados por la aseguradora, que alerta puntualmente al asegurado de cualquier incidencia, anomalía o situación de insolvencia.

Se conoce anticipadamente la calidad crediticia del cliente potencial o prospect, lo que permite fijar correctamente durante el cierre de la operación con cada cliente el periodo de cobro, exposición al riesgo e incluso el coste de seguro a repercutir a la venta.

Las aseguradoras se encargan del recobro de la totalidad de las facturas, incluso aunque algunas queden por encima del límite asegurado. También es posible encargar a la aseguradora el recobro de deuda no cubierta. Es especialmente importante en caso de Exportación

El seguro de crédito permite dar soporte a estructuras de Factoring sin Recurso, de Project Finance y es un elemento clave en los programas de Titulización.

Modalidades del Seguro de Crédito

  • Cobertura de la globalidad de la cartera.
  • Gestión del riesgo de los clientes-deudores por la aseguradora.
  • Los límites de crédito son monitorizados y revisados por la aseguradora.
  • Las gestiones de recobro son dirigidas por la aseguradora desde la comunicación del impagado.
  • Cobertura de la globalidad de la cartera, excluyen el “tramo bajo” (por debajo de un umbral)
  • Gestión del riesgo por el asegurado, sin monitorización de la aseguradora (Límite de Crédito discrecional) Existe franquicia anual agregada
  • Límites no cancelables durante la anualidad de la póliza
  • La aseguradora sólo se encarga de las gestiones de recobro desde que liquida la indemnización.
  • Cobertura de la globalidad de la cartera, fijando un umbral de riesgo (no franquicia)
  • Existe cierto límite discrecional, normalmente limitado en % cobertura.
  • Los límites de crédito son monitorizados y revisados por la aseguradora.
  • Las gestiones de recobro son dirigidas por la aseguradora desde la comunicación del impagado.
  • Póliza contratada con otra aseguradora diferente de la que emite la póliza primaria actúa en exceso de los límites de crédito concedidos por la póliza primaria.
  • Cobertura para un único contrato/proyecto o cobertura para las ventas recurrentes a un único deudor-cliente.
  • Cobertura para los principales clientes, se establece un umbral de clasificación que determina qué clientes están asegurados.
  • Aseguramiento de un número determinado de clientes, conforme a un criterio, normalmente objetivo y condicionado al cumplimiento de determinados requisitos sobre nº deudores y facturación asegurada.

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