fbpx

seguro de accidentes peris

El seguro de accidentes que necesitas, orientado a tus necesidades. Al mejor precio.

¿Quieres sentirte protegido ante cualquier imprevisto que pueda surgir? No podemos evitar que sufras un accidente, pero sí podemos estar a tu lado cuando se produzca. En Peris diseñamos para ti el mejor seguro de accidentes, los más exclusivos en cobertura y servicio. Te ofrecemos la mejor cotización en cada seguro de accidentes que necesites. Trabajamos para que cada póliza tenga el mejor precio, con el respaldo de Aseguradoras líderes.

En Peris Correduría de Seguros contará además con un asesoramiento pensado para ti: independiente, profesional, imparcial y orientado a sus necesidades.

Calcular precio

En solo 3 minutos tu seguro de accidentes

Comprueba lo que te ofrecemos desde menos de 3 euros al mes.

El mejor seguro de accidentes, con el mejor respaldo y al mejor precio.

Disponibles dos opciones:

  • Garantía como Conductor o pasajero de cualquier moto o vehículo terrestre (incluso medio de transporte público).
  • Garantía por accidente las 24 horas, durante todo el año.

Un seguro de accidentes con las garantías de Fallecimiento e Invalidez Permanente (según baremos de las condiciones de la póliza), con varias opciones de suma asegurada.

 

Tipos de cobertura

En el contrato pueden establecerse los siguientes tipos de cobertura:

1. Un capital en caso de fallecimiento accidental del asegurado, que percibirían los herederos legales o los beneficiarios designados en la póliza.

2. Un capital en caso de incapacidad permanente y total, causada por accidente. Cuando se trate de incapacidad permanente parcial, el asegurador sólo pagará un porcentaje del capital asegurado para esta garantía, de acuerdo con la mayor o menor gravedad de la lesión y en función de una tabla o baremo que se especifica en las condiciones generales de la póliza.

3. Una pensión diaria en caso de incapacidad temporal durante los días que el asegurado permanezca de baja a causa del accidente.

4. Los gastos de asistencia sanitaria que precise el asegurado accidentado para su total curación, con los límites y condiciones que se estipulen en la póliza.

 

Conceptos básicos

A la hora de contratar nuestro seguro de accidentes debemos conocer los conceptos básicos que están detrás de este seguro. Distinguimos:

  • Incapacidad Permanente Absoluta
    • Se considera Incapacidad Permanente Absoluta, la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por cualquier causa, determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional.
    • Si en el plazo de cinco años, a contar desde la fecha de su ocurrencia, el Asegurado queda afectado de una invalidez permanente a consecuencia directa de un accidente cubierto por la póliza, la Aseguradora abonará la indemnización, que según los baremos pactados, correspondiera a su grado de invalidez.
    • Esta indemnización es exigible cuando la invalidez haya sido reconocida definitivamente, después de la curación completa o de cesación de todo tratamiento, mediante certificado médico donde se reconozca el estado físico del Asegurado como médicamente definitivo. El importe de la indemnización será el que resulte de aplicar, al capital contratado, el porcentaje señalado en las tablas correspondientes.

 

  • Incapacidad Temporal por Accidente
    • La Compañía pagará un subsidio diario durante los días que el Asegurado permanezca médicamente dado de baja por una Incapacidad Temporal como consecuencia directa de un accidente cubierto por la póliza.
    • Esta cantidad diaria se devengará a partir del día siguiente al de la fecha en que el Asegurado quede incapacitado a consecuencia del accidente y siempre que haya sido declarado médicamente, aplicándose la franquicia pactada que figure en la póliza.

 

  • Gastos de Curación por Accidente
    • La Aseguradora abonará los gastos de asistencia médica, farmacéutica, traslado, hospitalización, tratamiento y rehabilitación que precise el Asegurado a consecuencia directa de un accidente cubierto por la póliza, durante el plazo de un año a contar desde la fecha de ocurrencia del mismo, hasta los límites indicados en el contrato.

 

  • Incapacidad Permanente absoluta por accidente
    • Se considera como tal , la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por un accidente, la derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado, que resulta determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional.

 

  • Incapacidad Permanente absoluta por accidente de circulación
    • Se considera como tal , la situación física irreversible y consolidada del Asegurado provocada por un accidente de circulación, la derivada de las lesiones producidas por una causa violenta, súbita externa y ajena a la intencionalidad del Asegurado que, como la anterior, resulta determinante de la incapacidad de éste para el mantenimiento de cualquier relación laboral o actividad profesional y producida en las siguientes circunstancias.
      • Como peatón , causada por un vehículo
      • Como conductor o pasajero de un vehículo terrestre
      • Como usuario de transportes públicos: Terrestres, acuáticas o aéreos.

Descripción de las principales coberturas, pudiendo variar según la modalidad y la aseguradora elegida, sin valor contractual:

Consulta el condicionado general para conocer las exclusiones expresamente recogidas en la póliza.

Como Conductor o pasajero con sumas aseguradas del 60000 o 120000 euros, según modalidad elegida.
Se garantizan exclusivamente los Accidentes sufridos por el asegurado como conductor y pasajero de vehículo a motor terrestre (motocicleta, turismo o medio de transporte público).
− Muerte. Prestación garantiza a los heredereos legales o beneficiarios designados.
− incapacidad permanente según baremo, hasta el 100%.
(Esta garantía cesa al finalizar la anualidad en la que el asegurado cumpla la edad de 65 años)
Garantía por accidente las 24 horas, durante todo el año, con sumas aseguradas del 60000 o 120000 euros, según modalidad elegida.
− Se garantizan los Accidentes sufridos por el asegurado tanto en su vida privada como en el ejercicio de su profesión (salvo profesiones excluidas:
tripulaciones aéreas, cuerpos de seguridad, fuerzas armadas, submarinistas, toreo, deporte profesional, circo y espectáculos, minería) − Muerte. Prestación garantiza a los heredereos legales o beneficiarios designados.
− incapacidad permanente según baremo, hasta el 100%.
(Esta garantía cesa al finalizar la anualidad en la que el asegurado cumpla la edad de 65 años)