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Seguro Scooter

Peris: referente en seguros de ciclomotor

A la hora de elegir una moto, los españoles seguimos teniendo a los ciclomotores entre nuestros preferidos: son ágiles, muy asequibles, tienen un consumo mínimo y para conducirlos solo se necesita el permiso AM.

Aunque el motor de un ciclomotor nunca supera los 50cc esta potencia es más que suficiente en ciudad, donde la velocidad máxima es de 50km/hora.

Tráfico no los considera vehículos a motor, pero aún así es obligatorio disponer de un seguro que nos cubra cuando conduzcamos un ciclomotor.

Con más de 20 años de experiencia en el sector, Peris Correduría de Seguros es conocida como referente en seguros de motos y sobre todo por nuestros acuerdos para comercializar productos en exclusiva.

Somos una correduría líder en España, lo que nos permite negociar directamente con las mejores aseguradoras las coberturas más completas y con los mayores descuentos. Confía en nuestros expertos en seguros para asegurar tu ciclomotor y contrata el mejor seguro de motos con ofertas y descuentos exclusivos.

Compara en tres minutos los seguros de ciclomotor en nuestro comparador de seguros online y descubre por qué Peris. Además, contarás con nuestro asesoramiento sin compromiso en el panel de precios, donde te proporcionaremos una recomendación destacada basada en nuestra experiencia como correduría y nuestra especialización en seguros de motos.

Encuentra en Peris Correduría de Seguros tu seguro de ciclomotor.

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Ciclomotores más vendidos:

Piaggio Vespa Primavera
Yamaha Neos 50
Yamaha Jog RR
Peugeot Ludix Classic
Piaggio New Typhoon 50
KYMCO Vitality 50
Aprilia SR Motard 50
Piaggio ZIP 50

Descripción de las principales coberturas para tu ciclomotor, pudiendo variar según la modalidad y la aseguradora elegida, sin valor contractual:

Cada modalidad y compañía pueden ofrecer coberturas diferentes según las características del vehículo. Aquí están definidas las más habituales. En caso de duda, consulta el condicionado general o contacta con nosotros sin ningún compromiso a través del 91 206 20 50 o a través del correo electrónico.

Si el propietario del vehículo es distinto del tomador / conductor habitual y es menor de 25 años, debe figurar como conductor habitual.
Lesiones y daños a terceros de acuerdo a lo establecido por la Ley.
Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil Obligatoria.
Asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, y judiciales. Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas. Reclamación de los daños sufridos por el tomador en calidad de peatón, en accidente de circulación.
Pago de las indemnizaciones por muerte, invalidez permanente y asistencia sanitaria del conductor autorizado y legalmente habilitado, como consecuencia de un accidente de circulación de la moto asegurada.
Desde el km. 0 prestaciones por contingencias a la motocicleta.
Servicio de asesoramiento y trámite al asegurado de descargo en denuncias y recursos administrativos por infracciones de tráfico.
Indemnización a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros por daños en la moto a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo, actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y Cuerpos de Seguridad del Estado. También incluye la garantía de Accidentes, por muerte o invalidez permanente del conductor, con los límites fijados para la garantía de Accidentes del conductor.

Preguntas frecuentes sobre el seguro de moto

El seguro de moto no es sólo una obligación legal. Tu seguro de ciclomotor debe contemplar tus necesidades concretas y cubrir todas aquellas eventualidades que se puedan producir.
Asegúrate de que contratas las coberturas que necesitas. Ni más ni menos; pero es importante que no te fijes únicamente en el precio sino en quedar convenientemente asegurado. A veces las diferencias de precio pueden ser mínimas, pero las consecuencias de un mal seguro son graves.
Si tienes dudas, consúltanos y te aseguraremos con profesionalidad e independencia sobre el producto que más te conviene.
más información
Siempre hay que llevar en la moto toda la documentación en vigor y actualizada:
Ficha técnica, con la acreditación de haber pasado la ITV, si procede. Cada tipo de moto debe pasar la ITV en los plazos que establece la Ley, dependiendo de sus características.
Recuerda que para poder pasar la ITV tienes que llevar la moto con todos los accesorios necesarios que justifiquen que es para dos plazas: asiento, reposapiés, tapa del colín, etc.
Permiso de circulación.
Impuesto de circulación.
Los papeles del Seguro. No es obligatorio llevar el recibo del banco que demuestre estar al corriente de pago pero es recomendable llevarlo.
Ten siempre a mano los teléfonos de asistencia de tu compañía de seguros.
La Ley establece que el contrato del seguro de moto es por periodos anuales desde el momento de la contratación, por lo que corresponde el pago de la anualidad completa, aunque el pago esté fraccionado.
Para poder cancelar un seguro de moto en vigor o cambiar de compañía hay que comunicarlo a la aseguradora con un mínimo de 2 meses de antelación.
Si te compras una moto nueva, algunas compañías traspasan el seguro de un vehículo al nuevo dentro de la misma compañía, actualizando las características y las coberturas al vehículo nuevo. Pero esto puede alterar el importe de la prima.
Si vendes o das de baja la moto, hay compañías que congelan la póliza durante un tiempo por si te compras una moto nueva, y traspasan el seguro de la moto antigua a la nueva.
Imágenes cedidas por motociclismo.es