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Seguros de Quad

El seguro más barato para quads y cuatrimotos

¡Ahora con Peris el mejor seguro para tu quad!

¿Eres de los que disfrutan conduciendo un vehículo diferente? ¿Te gusta salir al campo y disfrutar de la naturaleza o derrapar en un circuito? ¿O a lo mejor necesitas un quad por tu actividad profesional? ¿Tareas agrícolas, caza, mantenimiento en zonas rurales o de montaña?

En Peris Correduría de Seguros estamos especializados en seguros para quads. Te ofrecemos las mejores coberturas y los mejores precios, además de la atención personalizada y profesional que requieres.

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Quads más vendidos:

KYMCO MXU 500

CAN-AM Outlander 500

Kawasaki KFV300

KYMCO 50Reverse

Polaris Sportsman 570

TGB Target 550

Yamaha Grizzly 450

TGB Blade 550

Recuerda:

Los quads también tiene que pasar la ITV:

  • Exento los 4 primeros años
.
  • Si tienen más de 4 años, hay que pasarla cada 2 años.

Más info:

Tipos de quad:

En función a las características técnicas (por su tipo de construcción) diferenciamos tres tipos de quads: cuadriciclos ligeros, cuadriciclos y vehículos especiales.

  • Cuadriciclos ligeros: 

Son vehículos de cuatro ruedas cuya masa en vacío es inferior a 350 Kg., no incluida la masa de la batería en el caso de los vehícu­los eléctricos. La velocidad máxima por construcción que pueden desarrollar es­tos vehículos no tiene que ser superior a 45Km/h., para los motores de explosión la cilindrada será inferior o igual a 50 cc, en cuanto a otro tipo de motores la potencia máxima neta será inferior o igual a 4 KW.

  • Cuadriciclos (no ligeros):

Son automóviles de cuatro ruedas cuya masa en vacío (no incluida la de las baterías para los vehículos eléctricos) sea inferior o igual a 400Kg o sea inferior o igual a 550 Kg si se trata de un vehículo destinado al transporte de mercancías, y cuya potencia máxima neta del motor sea inferior o igual a 15 KW.

  • Vehículos especiales:

Son vehículos especiales autopropulsados, de dos o más ejes, concebidos y construidos para efectuar servicios determina­dos. Las normas que regulan a estos vehículos son las mismas nor­mas que con carácter general regulan la circulación. Podrán circular sin limitaciones dentro de sus respectivos radios de acción cuando sus masas o dimensiones no excedan de las es­tablecidas en el reglamento.Los vehículos especiales no deben rebasar las siguientes veloci­dades:

  • 25 km/h. Para vehículos que carecen de señalización de frenado.
  • 40 km/h. Los restantes vehículos especiales.
  • 70 km/h. Cuando puedan desarrollar por construcción una velocidad superior a 60 km/h en llano.

Descripción de las principales coberturas, pudiendo variar según la modalidad y la aseguradora elegida, sin valor contractual:

Consulta el condicionado general para conocer las exclusiones expresamente recogidas en la póliza.

Lesiones y daños a terceros de acuerdo a lo establecido por la Ley.
Cobertura complementaria de la Responsabilidad Civil Obligatoria (Hasta 50 Millones de €). .
Asistencia jurídica, judicial y extrajudicial y el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado en procedimientos administrativos, y judiciales. Defensa penal. Fianzas. Asistencia. Defensa jurídica y costas. Reclamación de los daños sufridos por el tomador en calidad de peatón, en accidente de circulación.