Responsabilidad Medioambiental

El Riesgo medioambiental en las empresas se ha convertido en una cuestión clave, foco de vigilancia y exigencia de responsabilidad por las Administraciones Públicas, así como un elemento cuya gestión es importante para los accionistas, clientes y el público en general.

Mejora la gestión del Riesgo Medioambiental de tu empresa y contrata el seguro específico para cubrir estos riesgos

  • Daños Medioambiente: son daños a aguas, suelo, ribera mar, rías, flora y fauna, hábitats.
  • La Responsabilidad es Objetiva (principio quien contamina paga), sin que sea necesario acreditar dolo o negligencia. No hace falta probar que se ha hecho algo mal.
  • Responsabilidad de Reparación es ILIMITADA. Obliga a devolver a los recursos y servicios dañados a su estado inicial o superior (primaria, complementaria y compensatoria).
  • Responsabilidad Administrativa: Corresponde a las administraciones hacer cumplir la Ley 26/2007 y reclama la Administración.
  • Le legislación obliga al operador a comunicar a la autoridad los daños producidos o amenazas inminentes.
  • PREVENCIÓN: El daño no se ha producido, pero hay una amenaza inminente. Ejemplo: Muros de contención.
  • EVITACIÓN: El daño ya se ha producido y se evitan nuevos daños. Ejemplo: Planes de Emergencia.
  • REPARACIÓN Reparar o restaurar el medio. Ejemplo: Medidas biorremediación.

Estas pólizas tienen coberturas accesorias importantes: transporte, costes de limpieza de la propia ubicación, contaminación accidental y obligaciones de información a tener en cuenta (tanques subterráneos o aéreos, por ejemplo). Por eso es importante apoyarse en una correduría experta, como Peris, para asegurarse el recibir un asesoramiento experto y un producto adecuado.

Aunque nuestra recomendación como primer paso, para las empresas que no la tengan, es contratar un seguro de Responsabilidad Medioambiental, algunas empresas pueden estar requeridas por Ley a contratar un seguro de garantía financiera obligatoria (Ver Orden ARM/1783/2011). Para ello, deben realizar como primer paso en general un Análisis de Riesgo Medioambiental (ARMA) con una empresa especializada. La adhesión a sistemas de gestión y auditorías ambientales (EMAS o ISO 14001) pueden suavizar este requisito. En todo caso, es lo más frecuente que la legislación establezca que no hay obligatoriedad de garantía financiera, por excluir los siniestros más graves pero menos probables, pero sí puede exigir una responsabilidad medioambiental objetiva e ilimitada por esos mismos siniestros, por lo que es vital contar con el seguro de Responsabilidad Medioambiental específico.

  • Industria Química
  • Transporte de Materias Peligrosas
  • Construcción, Cemento, Plantas de Árido
  • Hormigón
  • Residuos
  • Energía
  • Industrias
  • Sector Agrícola y Ganadero
  • Marítimo
  • Ver sectores en Orden ARM/1783/2011

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